viernes, 16 de julio de 2010

AUTO DE FORMAL PRISIÓN POR FALSEAR INFORMACION

Por: Gabriel Castillo

Por su probable responsabilidad en la comisión del delito electoral de alteración al Registro Federal de Electores, el Juzgado Décimo de Distrito en Puebla dictó auto de formal prisión contra dos personas que fueron consignadas ante la autoridad jurisdiccional por la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE) de la Procuraduría General de la República (PGR).

Según consta en la causa penal 34/2010, derivada de la averiguación previa 304/FEPADE/2010, María Esther Pérez Ruiz y Abelarda Tirado Sánchez realizaron una solicitud de cambio de domicilio de la credencial elector, proporcionando la dirección de un domicilio en el que no habitan.

Los hechos, que fueron denunciados de manera anónima a través de la línea gratuita FEPADETEL (01 800 8 33 72 33), se registraron el pasado 16 de febrero cuando – en un módulo de fotocredencialización del Instituto Federal Electoral (IFE)- las inculpadas proporcionaron la dirección de una vivienda del municipio de San Juan Atzompa, Puebla, a pesar de que radican en la capital de dicho estado. Con este movimiento las hoy procesadas pretendían votar en la pasada elección local del 4 de julio.

Como parte de esta indagatoria, el agente del Ministerio Público de la Federación practicó las inspecciones ministeriales sobre los domicilios proporcionados en donde se encontraron a los verdaderos habitantes, quienes señalaron no conocer a las personas que tramitaron la credencial para votar con ese dato.

Con estas resoluciones de la autoridad jurisdiccional se iniciaron los procedimientos penales en contra de María Esther Pérez Ruiz y Abelarda Tirado Sánchez, los cuales podrían derivar en una sentencia condenatoria que de acuerdo al Código Penal Federal en su artículo 411- establece una pena de de 3 a 7 años de prisión y multa de 70 a 200 días de salario mínimo, a quien participe en la alteración del Registro Federal de Electores.

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